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Tu sueldo podría ser objeto de embargo

por Redaccion ioContable / jueves, 15 mayo 2014 / Publicado en Asuntos fiscales

Las instituciones bancarias podrían interponer un juicio mercantil para que el sueldo de sus deudores sea embargado para garantizar el saldo de deudas mercantiles como una renta, un crédito hipotecario, comercial o la deuda de una tarjeta de crédito.

A pesar de ello, es importante conocer bajo qué circunstancias y cómo esto podría suceder:

  • Inicialmente deberás de haber dejado de pagar un crédito mercantil o civi.
  • Al suceder esto, el acreedor deberá estblecer un juicio mercantil para solicitar el embargo.
  • El juez encargado del juicio deberá resolver a favor del acreedor y ordenar el embargo del sueldo.

¿Cuánto se retiene?

Se podrá retener hasta el 30% del total del sueldo para el pago de las deudas mercantiles y civiles de forma recurrente hasta que la deuda sea saldada.

Antes la ley sólo permitía que se embargaran los salarios de los trabajadores en casos excepcionales, con el pago de pensiones alimenticias o por el Servicio de Administración Tributaria, pero ahora todos podemos ser objetos de esta norma.

Para que se pueda cumplir con el embargo es necesario que el trabajador sea asalariado para que el juez pueda ordenar al patrón que se le haga el descuento para pagar sus deudas.

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Etiquetado bajo: créditos, deudas, dinero, embargos, México, rentas, sueldos

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